El paquete Ómnibus I de la UE ha reducido drásticamente el ámbito de la CSRD, pero para los exportadores turcos la demanda de datos de sostenibilidad no termina: cambia de forma. Resumimos aquí el calendario de información de sus clientes de la UE, los datos que pueden pedir a sus proveedores y cómo puede prepararse desde ya.
01¿Qué ha cambiado con Ómnibus I?
La directiva Ómnibus I que modifica la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD) se publicó en el Diario Oficial de la UE el 26 de febrero de 2026 y entró en vigor el 18 de marzo de 2026. Los Estados miembros deben transponer los cambios a su derecho nacional antes del 19 de marzo de 2027. Los principales cambios:
- Ámbito más reducido: las empresas de la UE solo informarán si superan ambos umbrales: una media de más de 1.000 empleados y una cifra de negocios neta superior a 450 millones de €.
- Las pymes cotizadas quedan ahora fuera del ámbito.
- El aseguramiento limitado sigue siendo obligatorio; se ha descartado el paso previsto al aseguramiento razonable.
- Límite en la cadena de valor: las empresas con 1.000 empleados o menos pueden rechazar las peticiones de información que vayan más allá de la norma voluntaria.
02¿Cuándo informarán sus clientes de la UE?
- Primera oleada: algunas de las grandes empresas que informan desde 2024 (las de 500–1.000 empleados) quedan fuera del ámbito a partir de 2027; el resto sigue informando.
- Grandes empresas recién incluidas: con el aplazamiento “stop-the-clock”, publicarán sus primeros informes en 2028, sobre el ejercicio 2027.
- Matrices de fuera de la UE: los grupos con una cifra de negocios en la UE superior a 450 millones de € durante dos años consecutivos y una filial o sucursal en la UE con una cifra de negocios superior a 200 millones de € informarán en 2029, sobre el ejercicio 2028.
En resumen, la mayoría de sus grandes compradores de la UE están empezando ya a recopilar datos de 2027. Los cuestionarios a proveedores y las cláusulas contractuales serán más frecuentes según este calendario.
03¿Qué datos pueden pedirse a los proveedores?
Una empresa incluida en la CSRD debe informar sobre los impactos y riesgos de su cadena de valor, lo que implica pedir datos a sus proveedores. Para proteger a los socios de la cadena de valor con menos de 1.000 empleados, Ómnibus I limita esas peticiones a la información basada en la norma voluntaria para pymes (basada en la norma VSME del EFRAG). Por tanto, es probable que las peticiones a proveedores turcos se centren en:
- El consumo de energía y las emisiones de gases de efecto invernadero de alcance 1–2, idealmente con huellas de carbono por producto,
- Indicadores de agua, residuos y contaminación,
- Seguridad y salud en el trabajo, plantilla y condiciones laborales básicas,
- Ética empresarial, medidas contra el soborno y existencia de políticas.
El límite ofrece protección jurídica, pero la realidad comercial es otra: un proveedor que no puede aportar datos puede quedarse atrás en las decisiones de compra.
04Solapamiento con otras normativas
- CBAM: los datos de emisiones implícitas por producto ya son obligatorios para los exportadores de hierro y acero, aluminio, cemento, fertilizantes, electricidad e hidrógeno.
- CSDDD: Ómnibus I elevó su ámbito a más de 5.000 empleados y 1.500 millones de € de cifra de negocios, con obligaciones de cumplimiento a partir de julio de 2029. Los grandes compradores seguirán trasladando a sus proveedores la evaluación de riesgos ambientales y de derechos humanos.
- TSRS: para las empresas incluidas en Turquía, la información alineada con el ISSB implica que los mismos datos deben prepararse también a nivel nacional.
05¿Qué debe hacer ahora?
- Analice a sus clientes: enumere los calendarios CSRD y las peticiones a proveedores de sus mayores compradores de la UE.
- Prepare un paquete de datos alineado con la VSME: recopile en un único formato estándar los datos de energía, emisiones, agua, residuos, seguridad y salud, y gobernanza.
- Elabore un inventario de emisiones: empiece por el alcance 1 y 2 y avance después hacia las huellas de carbono de sus productos principales.
- Documente sus políticas: ponga por escrito sus políticas de medio ambiente, ética empresarial, derechos humanos y cadena de suministro.
- Refuerce sus evidencias: tenga preparados registros de datos trazables para las auditorías de clientes y posibles peticiones de aseguramiento.
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Este artículo se basa en información pública disponible a octubre de 2026 y no constituye asesoramiento jurídico. Consulte las fuentes oficiales vigentes sobre la transposición en los Estados miembros y las decisiones de ejecución de la Comisión Europea.