Reglamento del ETS de Turquía: primeros pasos para la industria

El Reglamento del TR ETS está en vigor: instalaciones cubiertas, permisos de emisión, calendario de seguimiento y verificación, asignación gratuita, sanciones y vínculo con…

El Reglamento del Sistema de Comercio de Emisiones de Turquía (TR ETS) se publicó en el Boletín Oficial y entró en vigor el 27 de agosto de 2026. Basado en la Ley del Clima, el reglamento fija las normas sobre permisos de emisión de gases de efecto invernadero, seguimiento y verificación, asignación gratuita y entrega de derechos. La cuenta atrás ha comenzado para las instalaciones industriales intensivas en energía.

27.08.2026entrada en vigor (Boletín Oficial 33353)
50.000 tCO₂elas instalaciones por encima de este umbral están en el TR ETS
30 de abrilinforme de emisiones verificado cada año
10 añosplazo de conservación de datos y registros

01Base jurídica y finalidad

El reglamento se basa en la Ley del Clima n.º 7552, que entró en vigor el 9 de julio de 2025, y sustituye al Reglamento de Seguimiento de las Emisiones de Gases de Efecto Invernadero aplicado desde 2014. El sistema turco de seguimiento, notificación y verificación (MRV) se convierte así en un sistema de comercio de emisiones que pone precio a las emisiones. El sistema lo gestiona la Dirección de Cambio Climático, y las decisiones de mercado las adopta el Consejo del Mercado de Carbono.

02¿Qué instalaciones están cubiertas?

El Anexo 1 del reglamento enumera actividades por encima de determinados umbrales de capacidad: combustión de combustibles, refino de petróleo, hierro y acero y otros metales, clínker, vidrio, cerámica, papel y cartón, y determinados productos químicos. Las instalaciones que realizan una actividad del Anexo 1 se clasifican en tres categorías según sus emisiones anuales:

  1. Categoría A (50.000 tCO₂e al año o menos): fuera del TR ETS, aunque se mantienen las obligaciones de seguimiento, notificación y verificación.
  2. Categoría B (50.000 – 500.000 tCO₂e): dentro del TR ETS.
  3. Categoría C (más de 500.000 tCO₂e): dentro del TR ETS.

Las instalaciones de investigación, desarrollo y ensayo, las que solo utilizan biomasa, así como colegios, universidades, hospitales e instalaciones de la industria de defensa, quedan fuera del sistema, aunque mantienen sus obligaciones MRV. El transporte y el almacenamiento de gas natural y crudo quedan fuera del TR ETS hasta el final del primer periodo de aplicación.

03Obligaciones clave y calendario

  • Fase piloto: el alcance y las normas de la fase piloto los fija el Consejo del Mercado de Carbono. Los titulares incluidos en la fase piloto debían presentar electrónicamente sus primeros Planes de Metodología de Seguimiento en los dos meses siguientes a la entrada en vigor del reglamento, es decir, antes del 27 de octubre de 2026. Se recomienda a los titulares que no cumplieron este plazo que contacten sin demora con la Dirección de Cambio Climático, que está facultada para ampliarlo.
  • Permiso de emisión de gases de efecto invernadero: los titulares del TR ETS deben disponer de un permiso de emisión, válido durante cinco años. Durante un periodo transitorio de tres años desde la entrada en vigor de la Ley, se consideran autorizados; el Consejo puede ampliarlo hasta dos años.
  • Plan de seguimiento: los titulares del Anexo 1 deben presentar sus planes de seguimiento a la Dirección para su aprobación al menos seis meses antes del inicio del seguimiento.
  • Informe anual: las emisiones y niveles de actividad del año natural anterior se notifican antes del 30 de abril de cada año. Los informes deben ser verificados por un verificador acreditado asignado a través de MEDAS.
  • Entrega de derechos: los titulares del TR ETS entregan, a través del Sistema de Registro de Transacciones, derechos equivalentes a sus emisiones verificadas.

04Asignación, mercado y sanciones

La asignación gratuita se calculará por subinstalación mediante un método de referencias (benchmarking); los titulares que deseen asignación gratuita la solicitarán tras la publicación del Plan Nacional de Asignación. Los derechos también podrán subastarse en el mercado primario y negociarse en el secundario. Los créditos de carbono de proyectos en Turquía podrán utilizarse, dentro de los límites establecidos, para la obligación de entrega.

Las sanciones son importantes: la presentación tardía del informe de emisiones verificado conlleva una multa administrativa de entre 627.450 TRY y 6.274.500 TRY según la categoría, que se duplica para los titulares del TR ETS. Operar sin permiso se sanciona con multas de entre 1.254.900 TRY y 12.549.000 TRY.

05Vínculo con el CBAM

El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la UE permite deducir de la obligación del CBAM el precio del carbono efectivamente pagado en el país de origen. Por ello, el TR ETS importa en dos sentidos, sobre todo para los exportadores de hierro y acero, aluminio, cemento y fertilizantes: un precio del carbono pagado en Turquía puede reducir el coste del importador de la UE, pero solo si los datos de emisiones verificados y la prueba de pago se gestionan conforme a las normas del CBAM.

06¿Qué debe hacer ahora?

  1. Determine su categoría: revise sus actividades del Anexo 1 y sus emisiones verificadas de los últimos años.
  2. Compruebe el alcance de la fase piloto: si figura en la lista piloto y aún no ha presentado su Plan de Metodología de Seguimiento, contacte ya con la Dirección.
  3. Actualice su plan de seguimiento: revise los métodos de medición, la incertidumbre y los flujos de datos conforme al nuevo reglamento.
  4. Contrate pronto a un verificador: planifique la verificación en torno al plazo del 30 de abril.
  5. Modele su coste de carbono: refleje la asignación gratuita, los precios probables de los derechos y el efecto del CBAM en presupuestos y decisiones de inversión.

Cómo puede ayudarle ESG360

Para el análisis de alcance y categoría, los planes de seguimiento, los inventarios de gases de efecto invernadero, la preparación para la verificación y la gestión de datos de carbono alineada con el CBAM, consulte nuestros servicios de clima y carbono.

Este artículo se basa en información pública disponible a octubre de 2026 y no constituye asesoramiento jurídico. Siga los anuncios de la Dirección de Cambio Climático y del Consejo del Mercado de Carbono para conocer las decisiones vigentes sobre el alcance de la fase piloto, la asignación y los plazos.